¿Cuánto debe durar un contrato en prácticas?

Hoy en día, muchas empresas contratan a recién graduados como personal en prácticas. Y en muchas ocasiones, esta forma de contrato de extiende más de lo permitido. ¿Conoce cómo funciona realmente este tipo de contratos? Desde nuestro despacho de abogados expertos en derecho laboral, le damos unas breves pinceladas sobre lo que debe esperar de sus prácticas. Y ante cualquier duda mayor, le recomendamos que nos visite en nuestro despacho en Sevilla.

Volviendo a la pregunta inicial, la duración del contrato en prácticas no puede ser inferior a 6 meses ni exceder de 2 años, duración que puede ser determinada por convenio colectivo, pero siempre dentro de esos límites de mínimo y máximo.

Si se hubiera concertado por tiempo inferior al máximo legal, las partes pueden acordar hasta dos prórrogas, salvo que por convenio colectivo se disponga otro régimen, que en ningún caso podrá sobrepasar la duración máxima.

No cabe la celebración de contrato en prácticas, ni en la misma ni en otra empresa, una vez cubierta la duración máxima de 2 años, salvo que se concierte con base en una titulación distinta.

¿Y qué hay acerca de la extinción del contrato? Pues bien, este contrato se extingue por expiración del tiempo convenido, salvo:

  • que falte denuncia de las partes,
  • que llegado el término el trabajador continúe prestando servicios.


En tales casos, el contrato se prorroga hasta la duración máxima posible o, cumplida ésta, se hace indefinido, salvo que se acredite la naturaleza temporal de la prestación.

Producida la conversión en contrato indefinido, por una u otra vía, no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba y la duración de las prácticas será computable a efectos de antigüedad en la empresa.

A la terminación del contrato, el empresario deberá expedir al trabajador certificado en el que conste la duración de las prácticas, los puestos ocupados y las principales tareas realizadas.

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