Despido individual o colectivo (ERE)

Despido individual o colectivo (ERE)

Como profesionales en Derecho Laboral nuestros abogados conocen todo lo necesario en materia de despidos, así que si le han despedido de su empresa puede acudir a nosotros para que le asesoremos si quiere saber más.

En cuanto a los despidos individuales pueden ser de varios tipos, según el motivo o la causa que ha llevado al empleador a despedirle. El despido disciplinario es aquel en el que el trabajador ha tendido una falta grave.

Por su parte el objetivo puede ser por la falta de adaptación del trabajador, de asistencia o su ineptitud, y el despido improcedente es cuando el empresario no tiene ninguna razón justificada, es en estos casos cuando los clientes suelen solicitar la ayuda a nuestros abogados para reclamar o pedir una indemnización.

Despidos colectivos o ERE

Por otro lado y más complicados están los despidos colectivos o los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE), los cuales tienen lugar cuando un empresario adopta medidas para regular el empleo de la empresa que tiene problemas económicos. En este caso interviene la autoridad laboral para garantizar los derechos de los trabajadores.

Un ERE tiene lugar, entre otras causas, cuando el empresario despide a sus empleados de forma colectiva por motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción.

Habrá un periodo de consultas, hay que presentar una serie de informes y documentos dependiendo del motivo de este despido, información sobre la composición de la representación de trabajadores, un plan de recolocación externa en caso de que se despida a más de 50 empleados...

Se trata de un proceso algo complicado y largo, por lo que nuestros abogados de Sevilla pueden orientarle si lo necesita.

Tras un periodo de consultas de un máximo de un mes el empresario tendrá que comunicar a la autoridad laboral el resultado, informando después a los representantes de los trabajadores y notificando los despidos.

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